CONCEJO DELIBERANTE
MUNICIPALIDAD DE LUIS BELTRÁN
PROVINCIA DE RIO NEGRO

ORDENANZA Nº 24/10
TÍTULO: AUTORIZACIÓN CONSTRUCCIÓN NATURAL
Visto:
El código urbano y de edificación de la localidad de Luis Beltrán y la experiencia de construcción natural que se desarrolla en la comunidad y;

CONSIDERANDO
Que este ancestral método de construcción de viviendas y/o estructuras edilicias ha sido y es parte de la cultura de los pueblos que desde hace miles de años y, generaciones tras generaciones en todo el mundo, han desarrollado la técnica de utilizar elementos de la naturaleza para obtener como resultado una vivienda.
Que la construcción en tierra cruda es uno de los componentes más tradicionales y típicos del hombre en sociedad y, a partir del uso de los recursos naturales, en nuestro país ha sido durante muchos años de manera en la que nuestros antepasados encontraron el método para resolver el problema habitacional.
Que existen prejuicios en la actualidad sobre el mencionado sistema de construcción a partir de la aparición de técnicas y productos en el mercado comercial que han proliferado y dejado atrás el recurso natural mencionado en los párrafos precedentes.
Que también existe, acompañado a lo que llamamos hoy “construcciones industriales” típicas (cementos, cal, ladrillo industrial, hierro, etc) una serie de versiones erróneas y, en algunos casos, sesgadas que juzgan de manera negativa la metodología de trabajo con elementos tales como el adobe y otros de procedencia similar.
Que no hay dudas en los estudios y seguimientos efectuados para conocer las virtudes del sistema de construcción natural en cuanto a la seguridad, salud, impacto ambiental, humedad, hermeticidad, economicidad, etc, que vuelven necesario trabajar legislando positivamente en la materia.
Que en nuestra localidad se han creado talleres y experiencias comunitarias a través de la iniciativa de vecinos comprometidos con la tematica, como es el caso de los representantes del espacio artístico y cultural de “La casa Mágica”, quienes fueron coordinadores voluntarios del proyecto desde sus inicios. Que para complementar y lograr los objetivos trazados fue importante la acción de gobierno municipal que se han traducido en aprendizaje y resultados muy importantes en lo referido a la construcción natural y que, asimismo, dieron como resultado la unión de familias en un barrio carenciado y con vecinos necesitados de vivienda familiar en la conformación de una incipiente cooperativa de trabajo solidaria.
Que la tarea comunitaria y de sentido social que implican este tipo de tareas y la accesibilidad de los sectores más humildes a los insumos básicos para la realización de una necesidad y un derecho como el de tener la vivienda propia, nos obliga a legislar sincerando el actual marco normativo e instrumentando aquellos mecanismos que habiliten el tipo de construcción natural en nuestra localidad.
Que existen muchos antecedentes sobre arquitectura y construcción con tierra que con claridad especifica el Arquitecto Rodolfo Rotondaro, investigador del CONICET y Director del Programa ARCONTI-FADU UBA, y que se vuelve oportuno aportar en el presente texto:

1. ANTECEDENTES NACIONALES CONSTRUIDOS.

1.1-Barrios de vivienda FONAVI (IPV) y grupos de vivienda económica a cargo de municipios en el Noroeste argentina:
-en la Provincia de Jujuy en los últimos 20 años: La Quiaca, Humahuaca, Maimará, Tilcara, Tumbaya, Susques.
-en la Provincia de Salta: Cachi.
-en otras provincias: La Rioja, Catamarca, Entre Ríos, Corrientes, Chubut.
1.2-Edificios construidos por el Estado Nacional con proyectos y operatorias específicas:
-escuelas del Programa EMETA en Abrapampa y Humahuaca (Jujuy)
-edificios y estaciones de interpretación en Reservas y Areas Protegidas (Jujuy, Salta, Mendoza)
-edificios del Patrimonio construidos con tierra restaurados con empleo de tecnología de construcción con tierra (iglesias, postas, casonas, cabildos) en Cuyo y Noroeste (Dirección General de Arquitectura, Gobiernos provinciales, Colegios Profesionales)
1.3-Edificios privados con acceso a público y otros edificios:
-Capilla de la Gratitud, Bodega Salentein (Mendoza)
-Centro Cultural Turístico K-Sama (Catamarca)
-Centro Regional de Arquitectura de Tierra Cruda, CRIATIC, Facultad de Arquitectura y Urbanismo, Universidad Nacional de Tucumán (Tucumán)
1.4-Edificios privados en ejidos urbanos y rurales, de vivienda, hosterías, restaurantes, oficinas, depósitos, secaderos de tabaco, graneros, equipamiento rural, vivienda minera, etc., en 20 provincias argentinas en los últimos 50 años, con memorias técnicas y presentaciones formales en municipios y comisiones municipales de distintos pueblos y ciudades.
Elementos y sistemas constructivos empleados:
-mampostería de adobe tradicional y de adobe con refuerzos para zona sísmica
-mampostería de BTC (Bloques de Tierra Comprimida)
-tapia mejorada con suelos estabilizados
-cubiertas de tierra mejoradas con estabilización de suelos y sistemas mixtos con materiales industrializados
2. ANTECEDENTES NORMATIVOS INTERNACIONALES
Existen recomendaciones, reglamentos y normas nacionales para construir con tierra en sus diferentes tipos de sistemas constructivos en los siguientes países:
Perú, Brasil, Colombia, Estados Unidos, Francia, Alemania, India, Nigeria, Costa de Marfil, Sudáfrica, Turquía, Nueva Zelanda y Australia.
En Argentina la normativa que se toma en consideración para construir con tierra se basa en normas de Brasil y Perú y en las Recomendaciones para Adobe, Tapia y BTC emitidas por el Programa CYTED (Ciencia y Técnica para el Desarrollo en Iberoamérica) en 1995 por un grupo de expertos de América Latina. Se tienen en cuenta los códigos y reglamentaciones vigentes (CIRSOC, IMPRES-CIRSOC, IRAM) y los ensayos pertinentes de acuerdo al caso que se trate.
Muchas de las construcciones oficiales realizadas en Argentina en las últimas tres décadas han obtenido adecuadas resistencias mecánicas de componentes básicos y elementos constructivos (bloques, muretes, paños) que superan inclusive lo exigido por norma (en BTC y tapia). También muchas obras han tenido el adecuado diseño formal y reforzamiento para obtener respuestas y comportamientos frente a los sismos (siguiendo modelos de otros países, como por ejemplo el muro de adobes cuadrados reforzado con cañas en ambos sentidos).
En la actualidad se encuentran en curso de gestión distintos proyectos de normativa (normas nacionales) para construir con tierra en Brasil, México y España, dada la creciente demanda desde sectores públicos de gestión y planificación del Hábitat y la Vivienda para emplear el recurso “tierra” de manera adecuada con fines constructivos y con márgenes de calidad edilicia.
Que existe potencialmente en el grupo de vecinos que se encuentra solidariamente aportando horas de su vida a construir una vivienda a otro vecino del barrio y que, al mismo tiempo, van ganando experiencia y capacitándose en la técnica. Por lo tanto, y ante la aparición de la demanda de este tipo de construcciones en el mercado formal, se abre una enorme oportunidad laboral a quienes con esfuerzo y sentido solidario están formándose en el oficio e, incipientemente, constituyéndose como una virtual cooperativa de trabajo en construcción de tierra.
Que es una obligación del estado y un deber de los órganos legislativos trabajar sobre el sentido de demanda, oportunidad y factibilidad, construyendo estructuras formales jurídicas y de acción de gobierno que respondan contundente y satisfactoriamente a este tipo de escenarios sociales.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LUIS BELTRAN SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORICESE en el ejido de Luis Beltrán el método de construcción con tierra cruda, en las formas establecidas en la presente norma.
Artículo 2º: El Poder Ejecutivo a través del Organismo de aplicación correspondiente efectuará la visación, autorización, inspección y habilitación necesarias para la construcción de acuerdo a los requisitos y especificaciones que se establecen en la presente Ordenanza.
Artículo 3: REQUISITOS GENERALES
a) Las construcciones en tierra cruda serán diseñadas por método racional basados por los principios de la mecánica, con criterios de comportamiento elástico.
b) Las Construcciones en Tierra Cruda en suelos granulares sueltos, en suelos cohesivos blandos, arcillas expansivas y en zonas propensas a inundaciones deberán presentar un estudio técnico que las respalde.
c) Comportamiento de las construcciones de Tierra Cruda frente a cargas verticales.
Los elementos que conforman los entrepisos o techos de estas edificaciones, deben estar adecuadamente fijados al muro mediante la viga collar o encadenado y columnas verticales.
d) Protección de las Construcciones en tierra cruda.
Para evitar la humedad y erosión producida en los muros, y el deterioro de las construcciones de tierra, deberán estar protegidas por:
d.1) Cimientos y sobre cimientos que eviten el contacto del muro con el terreno natural construyendo una base, platea o zapata corrida con Hormigón y utilizando una membrana de papel embreado o similar que cumpla perfectamente la función como barrera de humedad.
El revoque de las paredes, desde la base, se elevara 1 metro (1 m) de altura y deberá ser de tipo concreto e hidrófugo para evitar el deterioro de la misma.
d.2) Revoques y pinturas naturales.
d.3) Aleros.
d.4) Veredas Perimetrales.
d.5) Sistemas de drenaje adecuados.
e) SISTEMA ESTRUCTURAL
El Sistema Estructural de las construcciones de tierra cruda estará compuesto de:
e.1) Cimentación: Se utilizará Tipología de zapata corrida, platea o base, todo de hormigón.
El sobrecimiento deberá ser de concreto ciclópeo o albañilería de piedra asentada con mortero y tendrá una altura tal que sobresalga como mínimo 30 cm. sobre el nivel del terreno natural. El mismo, tendrá su correspondiente aislamiento Hidrófuga, y un tenor mínimo de 250 Kg. de cemento por cada m3 que se utilice.

e.2) Muros
e.2.1) Deberá considerarse la estabilidad de todos los muros. Esto se conseguirá controlando la esbeltez y utilizando arriostres y refuerzos.
e.2.2) Los vanos deberán estar correctamente adintelados.
e.2.3) El espesor de los muros exteriores, en el caso de bloques premoldeados de tierra cruda (adobe) mínimo deberán ser de 30 cm.
e.2.4) En casos especiales se podrá considerar espesores de muros de 20/25 cm, siempre que se respalde por un estudio Técnico que considere refuerzos verticales y horizontales.
e.2.5) Morteros Elementos componentes:
Arcilla, arena y fibra en distintas proporciones dependiendo de la función y aplicación.
Estructuralmente la Arcilla es el material aglomerante, la arena absorbe los esfuerzos a la compresión y la fibra los esfuerzos de tracción.
e.3) Elementos de Arriostre
e.3.1) Los elementos de arriostres serán verticales y horizontales.
e.3.2) Los arriostres verticales deberán ser columnas de madera o de concreto armado, perfectamente anclados a la zapata, base o platea, mediante 4 hierros de diámetro no menor a 8mm, o planchuelas metálicas de dimensiones adecuadas utilizando doble bulón y tuercas de ajuste por cada columna.
e.3.3) Los arriostres horizontales deben ser vigas de madera, hormigón armado o metálicas, y que estén perfectamente unidas a la s verticales.
e.3.4) Los muros horizontales serán elementos o conjuntos de elementos que posean una rigidez suficiente en el plano horizontal y vertical para impedir el libre desplazamiento lateral de los mismos.
e.3.5) Los elementos de arriostre Horizontal mas comunes son los denominados viga collar o encadenado.
e.3.6) Se deberá garantizar la adecuada transferencia de esfuerzos entre el muro y sus arriostres, los que deberán conformar un sistema continuo e integrado, como se menciona en el punto e3.3.
e.4) Techo
e.4.1) Los techos deberán estar adecuadamente fijados a la viga collar o encadenado.
e.4.2) En los techos de las construcciones se deberá considerar las pendientes, las características de impermeabilidad, aislamiento térmico y longitud de los aleros no menor de 70 cm. de distancia de la pared.
Artículo 4º: El Gobierno Municipal Instrumentará todos los mecanismos que estén a su alcance para promover, difundir y apoyar a la comunidad frente a esta nueva alternativa que la Ordenanza establece.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese con copia al Poder Ejecutivo, a los interesados, Publíquese, Cumplido, Archívese.-

Dada en la localidad de Luis Beltrán, Departamento Avellaneda, a los 16 días del mes de Septiembre del año 2010.
ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR UNANIMIDAD DE LOS CONCEJALES NORMA ELIZALDE, ELVIN WILLIAMS, MARCELO DELLA VEDOVA, MARIA DOLORES OLLER Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO LIC. MARTIN DOÑATE.

2 comentarios de “Modelo de ordenanza para construcción alternativa en barro

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